La Secretaría Ejecutiva cuenta con las atribuciones siguientes:
Coordinar las acciones entre las dependencias y las entidades competentes de la Administración Pública Estatal.
Elaborar el anteproyecto del Programa Estatal para someterlo a consideración de los miembros del sistema; Celebrar convenios de coordinación, colaboración y concentración con instancias públicas y privadas, estatales y nacionales.
Llevar a cabo el seguimiento y monitoreo de la ejecución del Programa Estatal.
Elaborar y mantener actualizado el manual de Organización y Operación del Sistema Estatal de Protección Integral.
Compilar los acuerdos que se tomen en el Sistema Estatal de Protección Integral, llevar el archivo de éstos y de los instrumentos jurídicos que deriven, y expedir constancia de los mismos.
Apoyar al Sistema Nacional de Protección Integral en la ejecución y seguimiento de los acuerdos y resoluciones emitidos.
Celebrar convenios de coordinación, colaboración y concertación con instancias públicas y privadas, estatales y nacionales.
Administrar el Sistema Estatal de información.
Realizar y promover estudios e investigaciones para fortalecer las acciones en favor de la atención, defensa y protección de niñas, niños y adolescentes, con el fin de difundirlos a las autoridades competentes y a los sectores social y privado para su incorporación en los programas respectivos.
Difundir entre las autoridades correspondientes y la población en general, los resultados de los trabajos que realice, así como toda aquella información pública que tienda a la generación, desarrollo y consolidación de perspectiva en la materia, desagregada por lo menos, en razón de, edad, sexo, escolaridad, y discapacidad.
Asesorar y apoyar a los gobiernos municipales, así como a las autoridades estatales que lo requieran para el ejercicio de sus atribuciones.
Informar al Sistema Estatal de Protección Integral sobre sus actividades;
Fungir como instancia de interlocución con organizaciones de la sociedad civil, academia y demás instituciones de los sectores social y privado.
Coordinar con las secretarias ejecutivas de los sistemas municipales, la articulación de la política nacional, así como el intercambio de información necesaria, a efecto de dar cumplimiento con el objeto de esta Ley.